El Ministerio de Cultura, como órgano de la Administración General del Estado al que corresponde la planificación, el diseño, la ejecución y el seguimiento de la política cultural del Gobierno, tiene como uno de los ejes fundamentales de su política facilitar el acceso de los ciudadanos a la cultura. Esta actuación se lleva a cabo, entre otras medidas, a través de la ejecución de una política de construcción, remodelación y equipamiento de infraestructuras culturales. Para ello el Ministerio de Cultura y sus organismos autónomos potencian tanto las inversiones como las transferencias de capital destinadas a la ampliación y mejora de las distintas redes de equipamientos culturales: museísticas, musicales, teatrales, archivísticas, bibliotecarias, etc.
Con esta finalidad, junto con las actividades desarrolladas directamente por el Ministerio de Cultura, se considera necesario promover y apoyar la realización de determinadas actuaciones que, en este ámbito están siendo ejecutadas directamente por otras instituciones, no integradas en la estructura administrativa del Departamento.
En esta línea de actuación y en el marco de las celebraciones del centenario del Palau de la Música Catalana en 2008, cuya sede es un edificio del máximo nivel representativo del modernismo catalán declarado patrimonio de la humanidad, y de la reciente celebración del 170 aniversario del Conservatorio del Liceu, el Ministerio de Cultura considera, teniendo en cuenta la trascendencia y el interés público de estas conmemoraciones, que es el momento oportuno para apoyar a las entidades gestoras de dichas instituciones en la financiación de las obras de rehabilitación y construcción de sus sedes que actualmente están llevando a cabo.
Por ello entendiendo que existen razones de interés público, social, cultural y educativo, el Estado colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, (INAEM), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Cultura, mediante la concesión de subvenciones directas con arreglo a lo dispuesto en los artículos 22.2.c) y 28 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La concesión de subvenciones de esta naturaleza forma parte de las funciones del Ministerio de Cultura en materia de promoción, protección y difusión de la música, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del
Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y de los artículos 2 y 3 del
Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Cultura, con el informe del Ministro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de junio de 2008,
DISPONGO: