La
Orden de 9 de julio de 1998 creó los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo establecido en la
Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.
Durante el tiempo transcurrido han tenido lugar relevantes cambios en el marco normativo representados, entre otros, en la Ley 28/2006, de 19 de julio, de Agencias Estatales para la Mejora de los Servicios Públicos, que faculta al Gobierno para crear la Agencia Estatal de Meteorología.
En desarrollo de esta autorización el
Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología (en adelante AEMET) que, en su condición de Organismo Público con personalidad jurídica pública y autonomía funcional y de gestión, ha sustituido a la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, adscrita al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en todas sus funciones y competencias.
La
Orden de 9 de julio de 1998 creó los ficheros automatizados de datos de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente, en cumplimiento de lo establecido en la
Ley orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.
Los ficheros personales de la antigua Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología se encuentran recogidos en la
Orden de 14 de diciembre de 1999 (BOE 20 de enero de 2000) que modifica la de
9 de julio de 1998 que creó los ficheros automatizados de carácter personal del Ministerio de Medio Ambiente.
La presente resolución viene a completar la relación de ficheros de datos de carácter personal de la antigua Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología (actual AEMET) adecuándolos a la actual estructura organizativa.
El
artículo 3 del Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, otorga a AEMET la competencia para el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines y funciones correspondiendo a su Presidente el ejercicio de las funciones inherentes a la dirección y gestión ordinaria de la misma.
En su virtud. y a fin de cumplimentar lo establecido en el
artículo 53 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la
Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, acuerdo: